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Polémica gramática electoral


El Xuriguera, la biblia del verbo catalán.

En catalán, existen dos formas del pretérito perfecto. Una, el pretérito perfecto tal cual; por ejemplo, jo perdí (yo perdí). La otra es el pretérito perfecto perifrásico, que emplea un verbo auxiliar y que es la más utilizada por el común, porque uno se aprende el verbo auxiliar y sirve para todo, mientras el pretérito perfecto tal cual suena, permítanme el juego de palabras, pretérito. Sería, por ejemplo, jo vaig perdre (yo perdí, literalmente yo fuí perder).

Surge la polémica en Cataluña cuando la campaña institucional del Gobierno de la Generalidad de Cataluña se basa en un lema que emplea el pretérito perfecto perifrásico: Jo vaig votar (Yo voté). La primera vez que vi el anuncio en una valla publicitaria del metro pensé que se habían dejado una preposición, que tendría que ser Jo vaig a votar (Yo voy a votar). Pero, no.

El uso del tiempo pretérito y no de un futuro tiene su origen en la intención y las ganas de definir esta votación como histórica. Quieren hacer historia, están convencidos de estar haciéndola, pero la Historia con mayúsculas la escribirán otros. Quién sabe cuándo y quién sabe qué dirán. El suceso histórico más relevante de nuestra vida es alguno completamente impensable ahora mismo, nos sorprendería conocerlo. Cada día podría ser histórico, mucho más histórico (o más banal) de lo que podemos percibir en el presente.

Hay que observar que la Historia es una narración construida sobre el azar de los acontecimientos y que cada uno cuenta su propia historia, cogiendo piezas de aquí y de allá. El mundo está regido por el azar y la estupidez, dijo Nietzsche, y lo realmente estúpido es creer que la Historia es un proceso que dominamos y que nos lleva a sublimar un determinado destino histórico. En pocas palabras, el uso del pretérito perfecto (perifrásico) es una estupidez pretenciosa.

La campaña publicitaria, además, provocó las iras de todos los partidos de la oposición, porque de manera más bien descarada comparaba la manifestación millonaria del pasado 11 de septiembre con las elecciones, dando a entender que los manifestantes tendrían que votar por aquello por lo que se manifestaron, es decir, otorgar su voto a la derecha conservadora catalana de CiU. Tremendo.

Se llevó la campaña a la Junta Electoral Central. Ésta ha solicitado la retirada inmediata de la campaña. Se basa en el artículo 50.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, modificada en 2011 con los votos de CiU, por cierto.

El caso es que, según esta ley, una campaña de estas características sólo puede informar de la fecha de la votación, de cómo se vota y explícitamente, de cómo se puede votar por correo. Nada más. No puede ni tan sólo pedir que se vaya a votar, porque pedir que se vote sería tanto como hacer propaganda a favor de una de las opciones del ciudadano, que tiene delante de sí la opción de votar o no votar. Se reclama una neutralidad absoluta. Como la campaña pide que se vote, vulnera este artículo, lo que hay que ver.

Además, la Junta Electoral Central, basándose en la Ley de Comunicación Audiovisual de Cataluña, aprobada con los votos de CiU, recuerda que las campañas institucionales no pueden sugerir directa o indirectamente opciones de voto (y ésta campaña es lo que hace, aseguran).

La sentencia es clara como el agua. La razón de prohibir esta campaña institucional es objetiva y salta a la vista, sin entrar en apreciaciones políticas, sólo porque reclama el voto del ciudadano. La Junta Electoral Central no podía fallar otra cosa, porque el texto de la ley, aprobada con los votos de CiU, es clarísimo.

La polémica está servida porque el Estatuto de Autonomía de Cataluña, en su artículo 39, dice que la Generalidad de Cataluña sí puede promover la participación electoral. Es decir, puede hacer campañas institucionales en las que le anime a usted a emitir su voto. El Gobierno de los Mejores dice que la sentencia de la Junta Electoral Central vulnera el artículo 39 del Estatuto y afirma que recurrirá (porque se ha gastado casi 300.000 euros en la campaña y no es plan ahora de ponerse a hacer otra).

Lo que no dice el Gobierno de los Mejores es que el artículo 39 del Estatuto sólo puede aplicarse en el marco de una Ley Electoral catalana. Esa ley no existe. Los catalanes llevamos más de treinta años esperando a que el Parlamento de Cataluña apruebe una Ley Electoral para Cataluña, que nunca ha podido salir adelante por la oposición, al desinterés o al despiste de CiU (y de todos los demás partidos). Ergo, sin una ley electoral propia, se aplica la española, por defecto y sin remedio.

Ésta sí que es una reforma urgente. Mi voto en Barcelona vale lo que medio voto en las demás provincias, que están sobrerrepresentadas; el voto conservador, rural, local, vale el doble que el voto urbano, más abierto al mundo y a la novedad; las mayorías en el Parlamento de Cataluña se han ido asentando siempre en el voto de la Cataluña profunda, no en el voto de la Cataluña mediterránea. La historia reciente de Cataluña habría sido muy diferente si el voto de todos los ciudadanos catalanes hubiera tenido el mismo valor. Diferente, seguro. Mejor, visto lo visto, no sabría decirlo.

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